jueves, 26 de julio de 2012

Adeudar cuotas alimentarias podría restringir la renovación del carnet de conducir

Fuente: Diario de Madryn

La Secretaría de Participación Ciudadana y Género busca reglamentar a nivel local una ley de la Provincia y así crear un Registro Municipal de Alimentantes Morosos. Con ello, aquellas personas que no le destinen la correspondiente cuota alimentaria a sus hijos serán sancionados y no podrán renovar el carnet de conducir u obtener permisos para habilitaciones comerciales. Aunque el proyecto fue enviado al Concejo Deliberante hace meses, los ediles aún no han tratado la iniciativa.
La situación del divorcio de por sí es un hecho conflictivo, aunque se realice en buenos términos. Sin embargo, lo más grave llega cuando madres o padres no sólo se distancian de mal modo de sus ex parejas, sino que también lo hacen de sus hijos. Una de las medidas típicas cuando las cosas finalizan de mal modo es que el papá o la mamá se desentienden de la cuota alimentaria, quizás pensando en perjudicar a la ex pareja, cuando en realidad son los hijos quienes llevan la peor parte.

Dejando de lado a quiénes atraviesan una mala situación económica, no son escasos los progenitores que tienen un buen pasar y, a pesar de ello, eligen desentenderse del monto mensual destinado a alimentación, ropa, educación, etc.
Atento a esta situación, en el 2007 se aprobó la ley 4616 la cual crea el Registro de Alimentantes Morosos (R.A.M.) en donde deberían ser inscriptas aquellas personas físicas “que no hubieran dado debido cumplimiento a la obligación de solventar las cuotas alimentarias establecidas por sentencia judicial firme”.
En consecuencia, desde la Secretaría de Participación Ciudadana y Género hace varios meses se envió, al Concejo Deliberante, un proyecto de adhesión a la ley 4616 que será el puntapié inicial para crear un Registro Municipal. Una vez realizado este procedimiento, quiénes adeuden las correspondientes cuotas, no podrán sacar o renovar el carnet de conducir; serán inhabilitados para instalar negocios de cualquier tipo; no podrán otorgar o adjudicar Viviendas Sociales e incluso podrían tener problemas a la hora de intentar acceder a créditos bancarios.
“En realidad la normativa, si logramos que el Concejo Deliberante lo apruebe, va a permitir proteger los derechos de los niños y las niñas, lo cual es fundamental”, explicó la Subsecretaria Marcela Curache quien indicó que lo primordial es preservar el normal desarrollo psicosocial de los más pequeños. “Muchos padres y madres cuando se separan, sienten que también se separan de los niños, y esa niñez queda a la deriva. Entonces, en muchos casos el Estado se debe hacer cargo de esas situaciones, ya sea pagándo el alquiler, alguna tarjeta social, algún subsidio”, sostuvo la funcionaria quien agregó: “En más de una ocasión existe un progenitor o una progenitora que tiene los recursos suficientes para que esos niños se desarrollen normalmente, pero muchas veces no se hacen cargo de lo que les corresponde, que es de la crianza de los niños y de las niñas. Por eso, surge la necesidad de crear un Registro Municipal de Alimentantes Morosos. Para esto necesitamos adherirnos a la Ley Provincial y crear un marco regulatorio en nuestra localidad”.

Marche un trabajador social

Por supuesto, este proyecto deja de lado a quienes verdaderamente no pueden hacer frente, por una cuestión económica, al cumplimiento de dicho monto. No obstante, existen casos de personas que dejan el trabajo en blanco para que los organismos de control no les encuentren fondos a primera vista.
Aunque, en este proyecto está contemplado que un trabajador social visite a quien alegue que no tiene fondos para hacer frente a sus obligaciones paternales o maternales.
“En el caso que por ahí exista alguna persona que entra en esa situación de morosidad porque no tiene empleo, lo mismo se debe priorizar el vínculo entre padre, madre e hijos. Si existiera esta condicionante que no tuviera empleo, irá un trabajador social a constatar esta situación. Eso va a evitar que quienes realmente pueden, se hagan cargo de la cuota”, estableció Curache.

Sin costos

Por otro lado, fomentar que los padres y las madres no se desentiendan de sus hijos, no tendrá prácticamente costos y además, aceitará el control ejercido por la Justicia. Sin embargo, nada de esto podrá ser ejecutado si los ediles no se adhieren a la ley, mediante el proyecto que ya fue presentado y redactado. En consecuencia, el paso siguiente será coordinar con diversas áreas como ser la de Tránsito y Transporte, Acción Social y generar el Registro. Así, la reglamentación será tarea del Ejecutivo.

Requisitos


El Registro debe llevar un listado de todos aquellos/as que adeuden total o parcialmente 2 (dos) cuotas alimentarias consecutivas o 3 (tres) alternadas, ya sean alimentos provisorios o definitivos fijados u homologados por sentencia judicial.- La ley 4616 dice 3 y 5 cuotas respectivamente, plazo que resulta sumamente prolongado, ya que los alimentos son diarios, continuos y necesarios. La inscripción en el Registro, o su baja, solo se hará por orden judicial, ya sea de oficio o a petición de parte.

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